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Tratado Schengen

Con el Tratado Schengen, se logro la adhesión de casi todos los países del Continente Europeo, a la normativa de un único Visado para el ingreso y el libre tránsito en espacio Schengen.
Los países miembros del Tratado Schengen son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.
Para la obtención de la Visa Schengen, el interesado deberá completar debidamente la solicitud otorgada por la Embajada del país de destino en su país de residencia y adjuntar  documentación adicional y acreditativa de solvencia económica, para poder aplicar al visado de los países Schengen.
Además, deberá contratar obligatoriamente un seguro de viaje que cumpla con los requisitos exigidos y especificados en el Tratado Schengen:

  1. Original y copia del seguro de viaje contratado.
  2. El Seguro debe ser válido por el mismo tiempo de permanencia previsto en Espacio Schengen.
  3. La devolución de los gastos no puede ser a reembolso.
  4. El Seguro de Viaje, no puede tener un deducible.
  5. La Compañía aseguradora, deberá contar con un representante legal o sucursal en Europa.
  6. Asistencia médica por enfermedad con una cobertura mínima de 30.000 euros.
  7. Asistencia médica por accidente con una cobertura mínima de 30.000 euros.
  8. Repatriaciones cubiertas.

Tenga en cuenta, que la tramitación de la Visa Schengen, puede demorar entre quince y treinta días, dependiendo de la Embajada, por lo tanto, lo más recomendable es que comience con los trámites, por lo menos con un mes y medio de antelación al viaje, para evitar inconvenientes y demoras.
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Requisitos del Seguro Schengen

• Asistencia médica por enfermedad, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia médica por accidentes, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia legal con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Repatriación sanitaria de emergencia o administrativa.
• Visado Schengen (obligatorio al ingresar a la comunidad europea).
• La devolución de los gastos no puede ser a reembolso.
• El seguro de viaje no puede tener un deducible.
• La compañía aseguradora deberá tener un representante o sucursal en Europa.
• El período de vigencia del seguro de viaje, deberá ser igual al tiempo de estadía en espacio Schengen.

Más Info

Extracto de la directiva del Consejo de la Unión Europea del 22/12/2003

(...)"a título individual o colectivo, habrá que estar en posesión de un seguro de viaje válido que cubra los eventuales gastos de repatriación por razones médicas, atención sanitaria en caso de urgencia y/o atención hospitalaria de urgencia.
Dicho seguro deberá tener validez en todo el territorio de los Estados Miembros del espacio Schengen que apliquen íntegramente las disposiciones de los acuerdos Schengen y durante toda la estancia del interesado. La cobertura mínima será de 30.000 euros."(...)

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