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Tratado de Schengen

El Tratado de Schengen, se firmó en junio de 1985, entre (Bélgica, Francia, Alemania, Luxemburgo y los Países Bajos) y se acordó la implementación de un único visado para los extranjeros y una serie de requisitos para poder ingresar al territorio.
Con este único visado, el viajero puede ingresar y transitar libremente por espacio Schengen, sin mayores requisitos, sin embargo, en el puesto fronterizo de entrada al país, el Oficial de Migraciones tiene la potestad de exigir documentación adicional, acreditativa de la solvencia económica, billete de avión u otros y de no quedar conforme, puede denegarle la entrada al país al viajero.
Los países que forman parte del Tratado de Schengen y que se rigen bajo sus normas son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.
Para solicitar la Visa Schengen, el interesado deberá acercarse al Consulado o Embajada más cercana a su domicilio, del país que piensa visitar y presentar la siguiente documentación:

  • Completar una forma de aplicación (Visado Schengen), otorgada por la Embajada del país al que se desea viajar, adjuntando una foto color actualizada.
  • El Pasaporte válido y con al menos una página en blanco.
  • Para los que viajen con menores de edad, deberán completar una forma de aplicación con foto, adjuntando copia del certificado de nacimiento.
  • Confirmación de la reserva de hotel y copia del itinerario de viaje.
  • Demostrar solvencia económica, para el periodo de estancia previsto en tierras Schengen, por medio de: extractos bancarios de los últimos tres meses, cheques de viajero y tarjeta de crédito internacional que confirme su cupo de crédito (el dinero en efectivo no es prueba suficiente de solvencia).
  • Si el motivo del viaje es de negocios, deberá incluir la invitación o carta por parte de la compañía que invita en espacio Schengen, justificando el objetivo del viaje y tiempo de permanencia.
  • Si el motivo del viaje es de carácter privado, deberá presentar una carta de invitación por parte del anfitrión en espacio Schengen.
  • Contratar un Seguro médico de viajes, con una validez igual al tiempo de duración del viaje y que cumpla con la siguiente cobertura:  Asistencia médica por enfermedad con una cobertura mínima de 30,000 euros, Asistencia médica por accidentes con una cobertura mínima de 30,000 euros, Repatriación sanitaria o administrativa con una cobertura mínima de 30.000 euros, La compañía de seguro debe contar con un representante legal o sucursal en Europa y la devolución de los gastos no puede ser a reembolso.

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Requisitos del Seguro Schengen

• Asistencia médica por enfermedad, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia médica por accidentes, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia legal con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Repatriación sanitaria de emergencia o administrativa.
• Visado Schengen (obligatorio al ingresar a la comunidad europea).
• La devolución de los gastos no puede ser a reembolso.
• El seguro de viaje no puede tener un deducible.
• La compañía aseguradora deberá tener un representante o sucursal en Europa.
• El período de vigencia del seguro de viaje, deberá ser igual al tiempo de estadía en espacio Schengen.

Más Info

Extracto de la directiva del Consejo de la Unión Europea del 22/12/2003

(...)"a título individual o colectivo, habrá que estar en posesión de un seguro de viaje válido que cubra los eventuales gastos de repatriación por razones médicas, atención sanitaria en caso de urgencia y/o atención hospitalaria de urgencia.
Dicho seguro deberá tener validez en todo el territorio de los Estados Miembros del espacio Schengen que apliquen íntegramente las disposiciones de los acuerdos Schengen y durante toda la estancia del interesado. La cobertura mínima será de 30.000 euros."(...)

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