Territorio Schengen
Para toda persona que tenga intenciones de ingresar a Territorio Schengen, y que no sea nacido en ningún país perteneciente de Europa, deberá cumplir con los requisitos especificados en el Acuerdo de Schengen, con respecto al visado y otros.
Con el visado de solo uno de los países miembros del Acuerdo, el viajero podrá ingresar y transitar libremente por el Territorio Schengen, sin trámites adicionales, sin embargo, el único autorizado a denegar, autorizar o exigir documentación adicional para el ingreso al país, es el Oficial de migraciones en el puesto de control fronterizo.
Los países que forman parte del Territorio Schengen son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.
La Visa Schengen, se solicita en el Consulado o Embajada del país que constituya el objetivo principal del viaje, en el que permanecerá mayor tiempo, o bien, en la Embajada del país de ingreso a territorio Schengen (si la estancia prevista en distintos países, fuera la misma cantidad de días).
Para solicitar la visa Schengen, el extranjero deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Solicitud de Visa debidamente cumplimentada (otorgada por la Embajada del país de destino, en su país de residencia).
- Foto color actualizada.
- Pasaporte válido (con una vigencia que supere los tres meses posteriores a la fecha de finalización del viaje y como mínimo con una página en blanco).
- Para viajes de negocios, presentar una carta de invitación por parte de la compañía en espacio Schengen, indicando el motivo del viaje y tiempo de permanencia en el país.
- Para viaje de turismo, presentar copia del itinerario y confirmación de la reserva de Hotel.
- Para viaje de visita con carácter privado, es decir, (visita a familiares o amigos), es fundamental contar con una carta de invitación por parte del anfitrión, legalizada y autorizada donde corresponda.
- Demostrar solvencia económica para la estancia prevista en territorio Schengen, ya sea, por medio de extractos bancarios de los últimos tres meses o cheque de viajero o tarjeta de crédito internacional, entre otros (tenga en cuenta que el dinero en efectivo no es una prueba suficiente de solvencia económica).
- Seguro medico de Viaje (obligatorio), que cumpla con ciertos requisitos para ser válido, por ejemplo: Asistencia médica por enfermedad/accidentes, Repatriación sanitaria/administrativa, la cobertura mínima debe ser de 30000 euros, la devolución de los gastos no puede ser a reembolso, el Seguro de Viaje, no puede tener un deducible, la Compañía aseguradora, deberá contar con un representante legal o sucursal en Europa y la vigencia del Seguro debe ser igual al tiempo de permanencia previsto en Espacio Schengen.
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Extracto de la directiva del Consejo de la Unión Europea del 22/12/2003
(...)"a título individual o colectivo, habrá que estar en posesión de un seguro de viaje válido que cubra los eventuales gastos de repatriación por razones médicas, atención sanitaria en caso de urgencia y/o atención hospitalaria de urgencia.
Dicho seguro deberá tener validez en todo el territorio de los Estados Miembros del espacio Schengen que apliquen íntegramente las disposiciones de los acuerdos Schengen y durante toda la estancia del interesado. La cobertura mínima será de 30.000 euros."(...)
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