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Schengen para ingresar a Europa

La visa Schengen para ingresar a Europa es uno de los requisitos especificados en el Acuerdo, firmado en 1985 por cinco de los países de Europa.
Con esta visa, el turista podrá ingresar y transitar libremente por espacio Schengen sin trámites adicionales, sin embargo, el Oficial de Migraciones del puesto fronterizo tiene la potestad de autorizar o denegar el ingreso al país o bien, exigir documentación adicional como por ejemplo, demostrar solvencia económica, billete de avión ida y vuelta y reserva de Hotel.
Los países que exigen la visa Schengen para permitir el ingreso son:  Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.
Requisitos para la obtención de visa Schengen:

  • Formulario visado Schengen completo, adjuntando una foto color.
  • Pasaporte con una página en blanco como mínimo.
  • Tanto el pasaporte como la visa, deberán tener una vigencia que supere los 3 meses después de la fecha de finalización del viaje.
  • Los menores de edad, también deben completar una forma de aplicación con foto, adjuntando copia del certificado de nacimiento.
  • Viaje de negocios, con invitación o carta por parte de la compañía que invita en espacio Schengen, justificando el propósito del viaje y tiempo de permanencia.
  • Confirmación de la reserva de hotel.
  • Demostrar solvencia económica, para el período de estancia previsto en tierras Schengen, por medio de: extractos bancarios recientes, cheques de viajero y tarjeta de crédito internacional que confirme su cupo de crédito (el dinero en efectivo no es prueba suficiente de solvencia).
  • Seguro médico de viajes, original y copia, con validez por el mismo tiempo de duración del viaje y que cumpla con la siguiente cobertura: 
    • Asistencia médica por enfermedad con una cobertura mínima de 30,000 euros.
    • Asistencia médica por accidentes con una cobertura mínima de 30,000 euros.
    • Repatriación sanitaria o administrativa con una cobertura mínima de 30.000 euros.
    • La empresa de seguro debe contar con un representante legal o sucursal en Europa.
    • La devolución de los gastos no puede ser a reembolso y el seguro de viaje no puede tener un deducible.

Para mayor información, consulte en la Embajada del país de destino, en su país de residencia, ya que documentación adicional podrá ser requerida dependiendo de la nacionalidad del solicitante, del tiempo de permanencia previsto en el exterior y del motivo del viaje.
Contrate su seguro de viaje en www.aseguratuviaje.com seleccionando su país de residencia podrá acceder a la cotización on-line, o bien, llamando al número de teléfono correspondiente a su país, donde un asesor lo atenderá y lo guiará en el proceso de selección del plan más conveniente para Usted.

Extracto de la directiva del Consejo de la Unión Europea del 22/12/2003

(...)"a título individual o colectivo, habrá que estar en posesión de un seguro de viaje válido que cubra los eventuales gastos de repatriación por razones médicas, atención sanitaria en caso de urgencia y/o atención hospitalaria de urgencia.
Dicho seguro deberá tener validez en todo el territorio de los Estados Miembros del espacio Schengen que apliquen íntegramente las disposiciones de los acuerdos Schengen y durante toda la estancia del interesado. La cobertura mínima será de 30.000 euros."(...)

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