Pasajes Aéreos Europa
El sector turístico, creció mucho en los últimos años con la venta de pasajes aéreos Europa, un gran porcentaje de viajeros latinos, elegía España como país de destino, un poco por el idioma, la abundancia de trabajo que había y el valor del euro, que cada vez era más fuerte.
Sin embargo, en estos dos últimos años, la situación en España cambió abruptamente para los viajeros, por lo que los controles fronterizos, se extremaron y el porcentaje de personas deportadas superó los valores normales.
Al momento de partir con destino a Europa, los requisitos de cada Embajada, varían de acuerdo a la nacionalidad del solicitante, el motivo del viaje y el tiempo de permanencia previsto.
Además de presentar los pasajes aéreos Europa de ida y vuelta, el viajero, deberá presentar documentación adicional de solvencia económica y reserva de Hotel para ingresar a espacio Schengen, pero si el motivo del viaje es por negocios o de carácter privado, deberá adjuntar una carta de invitación por parte de quien invita en el país Schengen, indicando el motivo del viaje y el tiempo de estancia prevista. Otro requisito obligatorio, es la contratación de un seguro de viaje, válido por el mismo tiempo de duración del viaje y que además, cumpla con la siguiente cobertura:
- Asistencia médica por enfermedad con una cobertura mínima de 30.000 euros.
- Asistencia médica por accidentes con una cobertura mínima de 30.000 euros.
- Repatriación sanitaria con una cobertura mínima de 30.000 euros.
- Repatriación administrativa con una cobertura mínima de 30.000 euros.
- La devolución de los gastos no puede ser a reembolso.
- El Seguro de Viaje, no puede tener un deducible.
- La Compañía aseguradora, deberá contar con un representante legal o sucursal en Europa.
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Requisitos del Seguro Schengen
• Asistencia médica por enfermedad, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia médica por accidentes, con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Asistencia legal con una cobertura mínima de 30.000 euros.
• Repatriación sanitaria de emergencia o administrativa.
• Visado Schengen (obligatorio al ingresar a la comunidad europea).
• La devolución de los gastos no puede ser a reembolso.
• El seguro de viaje no puede tener un deducible.
• La compañía aseguradora deberá tener un representante o sucursal en Europa.
• El período de vigencia del seguro de viaje, deberá ser igual al tiempo de estadía en espacio Schengen.
Más Info
Extracto de la directiva del Consejo de la Unión Europea del 22/12/2003
(...)"a título individual o colectivo, habrá que estar en posesión de un seguro de viaje válido que cubra los eventuales gastos de repatriación por razones médicas, atención sanitaria en caso de urgencia y/o atención hospitalaria de urgencia.
Dicho seguro deberá tener validez en todo el territorio de los Estados Miembros del espacio Schengen que apliquen íntegramente las disposiciones de los acuerdos Schengen y durante toda la estancia del interesado. La cobertura mínima será de 30.000 euros."(...)
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